domingo, 23 de agosto de 2009

El “bono social” eléctrico para familias numerosas

En cumplimiento de una directiva europea se ha liberalizado en España el mercado eléctrico: una empresa distribuidora (la que hemos tenido toda la vida) se dedicará a mantener las redes, arreglar averías y leer contadores; una comercializadora de nuestra elección, nos facturará. Si no elegimos comercializadora, nuestra actual compañía aplicará la llamada Tarifa de Último Recurso (TUR), sólo para potencias iguales o inferiores a 10 kw y revisable por el Gobierno cada 3 meses. Los que tengan 10 kw o más que se queden en la TUR tendrán recargos.

En la TUR, las personas físicas con contratos inferiores a 3 Kw, algunos pensionistas (mayores de 60 años perceptores de pensiones mínimas), las familias con todos desempleados y las familias numerosas podrán solicitar congelación de tarifa hasta 2012, que en realidad se trata de una pequeña cantidad (llamada “bono social”) que el Gobierno pagará a las eléctricas por cada titular que elija esa tarifa.

Los consumidores podrán saltar de tarifas (libre, TUR o con bono social) cuando quieran. Si su contrato es inferior a 3 kw le aplicarán automáticamente el bono social. El resto tenemos que solicitarlo.

Cómo pedir el bono social

Solicítelo en una comercializadora: Endesa (902 508 850), Iberdrola (901 202 020), Unión Fenosa (901 220 380), Hidrocantábrico (902 860 860), E.ON (902 222 838). Nos pedirá que le mandemos la solicitud oficial, los documentos que en ella se piden y una declaración de veracidad.

Hay que renovar la solicitud cada dos años. Cuando Vd. deje de ser familia numerosa debe comunicar su baja en el bono social o tendrá que pagar recargos del 10%.

Nuestra opinión

En un contrato de 5,6 kw, el bono social supone un ahorro de 3,2 € en una factura de 500 kw, pero siguen manteniéndose los recargos por consumos superiores a 500 kw mensuales. Esto supone que en una factura de 550 kw el ahorro sea de sólo 1,65 € y que, a partir de 600 kw, el bono social suponga un coste, por ejemplo, de 3 euros mensuales en facturas de 700 kw. Si su consumo es alto, elija una TUR o una libre, siempre puede volver al bono social cuando suba la electricidad y el bono suponga un ahorro real.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo anuló las tarifas de suministro de agua de Zaragoza por ser discriminatorias para las familias numerosas: los recargos o tarifas que gravan el número de miembros de un hogar se denominan “impuestos de grupo” y son inequívocamente injustos y discriminatorios, pues gravan algo que pertenece a las libertades fundamentales como es el número de hijos o las personas con las que quiere vivir.

Legislación

Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social (BOE 07/05/2009)

Resolución de 26 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se determina el procedimiento de puesta en marcha del bono social (BOE 29/06/2009)

Orden ITC/1723/2009, de 26 de junio, donde se fijan las tarifas del bono social (BOE 29/06/2009)

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Ver la información de Iberdrola sobre el bono social.

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